El objetivo de esta política es establecer un marco de actuación que permita a Grupo Tizma SAS prevenir, detectar y sancionar actos de corrupción, en cumplimiento de las leyes colombianas aplicables, especialmente la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), la Ley 1778 de 2016 (Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas por Actos de Corrupción Transnacional) y otras normativas relacionadas con la transparencia y buen gobierno.
Esta política es de carácter obligatorio para todos los empleados, directivos, contratistas, proveedores, socios y terceros que actúen en nombre de Grupo Tizma SAS. Aplica a todas las actividades comerciales y transacciones de la empresa, tanto a nivel nacional como internacional.
Grupo Tizma SAS se compromete a cumplir con la legislación colombiana vigente en materia anticorrupción, especialmente las siguientes leyes:
Grupo Tizma SAS basa su actuación en los siguientes principios fundamentales:
Grupo Tizma SAS se compromete a:
Como parte de su actividad publicitaria y de promoción de productos y servicios, Grupo Tizma SAS puede entregar muestras y obsequios a sus clientes y aliados comerciales. Para prevenir cualquier percepción o práctica de corrupción, se establecen las siguientes directrices:
Muestras y obsequios de valor razonable: Todas las muestras y obsequios deben ser de valor razonable y estar directamente relacionados con la promoción de los productos y servicios de la empresa. En ningún caso podrán ofrecerse para influir de manera indebida en decisiones comerciales o administrativas.
Registro de obsequios: Todo obsequio o muestra entregado debe ser registrado formalmente. Este registro debe incluir información como el destinatario, el valor estimado del obsequio o muestra y la razón de la entrega. Esto garantiza transparencia y permite auditoría interna.
Límite de valor y frecuencia: La empresa establecerá un límite razonable en cuanto al valor y la frecuencia con que se entregan obsequios y muestras. No se debe crear la percepción de que dichos obsequios son un intento de soborno o favorecimiento indebido.
Prohibición de obsequios en efectivo o equivalentes: Está estrictamente prohibido ofrecer, autorizar o recibir regalos en efectivo, tarjetas de regalo, cheques u otros beneficios financieros como parte de las actividades comerciales de la empresa.
Grupo Tizma SAS implementa un plan de referidos como parte de su estrategia de mercadeo, el cual permite a los clientes y aliados recomendar nuestros productos y servicios. Este plan opera bajo los siguientes principios:
Voluntariedad: La participación en el plan de referidos es completamente voluntaria. Los clientes y aliados tienen la libertad de recomendar los servicios de Grupo Tizma SAS si consideran que estos cumplen con sus expectativas de calidad y servicio.
Buena fe: El plan de referidos se basa en la buena fe de nuestros clientes, quienes recomiendan la empresa debido a su satisfacción con nuestros productos y servicios, y no como resultado de incentivos inapropiados.
Prohibición de pagos indebidos: Grupo Tizma SAS no ofrecerá ni recibirá compensaciones que puedan ser interpretadas como sobornos. Cualquier compensación dentro del plan de referidos será clara, modesta y no buscará influir en decisiones indebidas.
Está terminantemente prohibido:
Grupo Tizma SAS implementará un canal de denuncias seguro y confidencial, accesible a empleados, clientes, proveedores y terceros, para reportar cualquier sospecha de actos corruptos. Las denuncias podrán realizarse de manera anónima, y la empresa garantiza la protección frente a represalias a aquellos que denuncien de buena fe.
El incumplimiento de esta política y de las leyes colombianas de anticorrupción será considerado una falta grave y resultará en acciones disciplinarias que pueden incluir el despido, la terminación de contratos comerciales y la presentación de denuncias ante las autoridades competentes.
Esta política será revisada y actualizada anualmente o cuando sea necesario, para asegurar su vigencia y cumplimiento con cualquier cambio en la legislación aplicable.
Esta política de anticorrupción entra en vigencia a partir de su aprobación por la junta directiva de Grupo Tizma SAS y deberá ser comunicada a todos los empleados y colaboradores de la empresa.