Política de Anticorrupción de Grupo Tizma SAS 
Última actualización: 23/09/2023
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1. Objetivo

El objetivo de esta política es establecer un marco de actuación que permita a Grupo Tizma SAS prevenir, detectar y sancionar actos de corrupción, en cumplimiento de las leyes colombianas aplicables, especialmente la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), la Ley 1778 de 2016 (Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas por Actos de Corrupción Transnacional) y otras normativas relacionadas con la transparencia y buen gobierno.

2. Alcance

Esta política es de carácter obligatorio para todos los empleados, directivos, contratistas, proveedores, socios y terceros que actúen en nombre de Grupo Tizma SAS. Aplica a todas las actividades comerciales y transacciones de la empresa, tanto a nivel nacional como internacional.

3. Marco Legal

Grupo Tizma SAS se compromete a cumplir con la legislación colombiana vigente en materia anticorrupción, especialmente las siguientes leyes:

  • Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción): Refuerza las sanciones por actos de corrupción y mejora los controles internos para prevenir prácticas corruptas en el sector público y privado.
  • Ley 1778 de 2016: Establece la responsabilidad de las personas jurídicas por soborno en transacciones internacionales y regula las sanciones administrativas aplicables a empresas involucradas en corrupción transnacional.
  • Ley 2195 de 2022: Fortalece las medidas de lucha contra la corrupción en el país, aumentando las sanciones y promoviendo la transparencia en las contrataciones públicas.
  • Código Penal Colombiano: El artículo 422 tipifica el delito de cohecho y establece sanciones para quienes ofrezcan o acepten sobornos.

4. Principios Éticos

Grupo Tizma SAS basa su actuación en los siguientes principios fundamentales:

  • Cero tolerancia a la corrupción: La empresa no tolerará ningún tipo de soborno, cohecho o acto de corrupción por parte de sus empleados o terceros que actúen en su nombre.
  • Transparencia y ética empresarial: Todas las decisiones y acciones de la empresa deben basarse en la ética, la transparencia y el respeto por las normativas legales vigentes.
  • Cumplimiento normativo: La empresa se compromete a cumplir con todas las leyes, reglamentos y normativas aplicables en los países en los que opera, promoviendo el cumplimiento de las obligaciones legales entre todos sus empleados.

5. Definiciones Clave

  • Corrupción: Acción de ofrecer, prometer, dar, aceptar o solicitar una ventaja indebida, ya sea directa o indirectamente, para obtener beneficios personales o comerciales indebidos.
  • Soborno: Ofrecimiento o aceptación de un incentivo, económico o de otro tipo, con el fin de influir en una decisión de una persona en una posición de poder.
  • Conflicto de interés: Situaciones donde los intereses personales del empleado interfieren o parecen interferir con los intereses de la empresa.

6. Compromisos de Grupo Tizma SAS

Grupo Tizma SAS se compromete a:

  • Prevenir sobornos y corrupción: Implementar mecanismos y procedimientos internos de control para prevenir cualquier acto de soborno o corrupción, incluidos procedimientos de «due diligence» para la contratación de proveedores y socios.
  • Detectar y sancionar actos de corrupción: Desarrollar herramientas para la detección temprana de irregularidades y establecer un sistema de denuncias anónimas donde los empleados puedan reportar cualquier sospecha de corrupción sin temor a represalias.
  • Capacitar a sus empleados: Proporcionar programas de formación periódica sobre ética, transparencia y anticorrupción para todo el personal, con el objetivo de promover una cultura corporativa de integridad.

7. Gestión de Muestras y Obsequios Publicitarios

Como parte de su actividad publicitaria y de promoción de productos y servicios, Grupo Tizma SAS puede entregar muestras y obsequios a sus clientes y aliados comerciales. Para prevenir cualquier percepción o práctica de corrupción, se establecen las siguientes directrices:

  • Muestras y obsequios de valor razonable: Todas las muestras y obsequios deben ser de valor razonable y estar directamente relacionados con la promoción de los productos y servicios de la empresa. En ningún caso podrán ofrecerse para influir de manera indebida en decisiones comerciales o administrativas.

  • Registro de obsequios: Todo obsequio o muestra entregado debe ser registrado formalmente. Este registro debe incluir información como el destinatario, el valor estimado del obsequio o muestra y la razón de la entrega. Esto garantiza transparencia y permite auditoría interna.

  • Límite de valor y frecuencia: La empresa establecerá un límite razonable en cuanto al valor y la frecuencia con que se entregan obsequios y muestras. No se debe crear la percepción de que dichos obsequios son un intento de soborno o favorecimiento indebido.

  • Prohibición de obsequios en efectivo o equivalentes: Está estrictamente prohibido ofrecer, autorizar o recibir regalos en efectivo, tarjetas de regalo, cheques u otros beneficios financieros como parte de las actividades comerciales de la empresa.

8. Plan de Referidos como Estrategia Comercial

Grupo Tizma SAS implementa un plan de referidos como parte de su estrategia de mercadeo, el cual permite a los clientes y aliados recomendar nuestros productos y servicios. Este plan opera bajo los siguientes principios:

  • Voluntariedad: La participación en el plan de referidos es completamente voluntaria. Los clientes y aliados tienen la libertad de recomendar los servicios de Grupo Tizma SAS si consideran que estos cumplen con sus expectativas de calidad y servicio.

  • Buena fe: El plan de referidos se basa en la buena fe de nuestros clientes, quienes recomiendan la empresa debido a su satisfacción con nuestros productos y servicios, y no como resultado de incentivos inapropiados.

  • Prohibición de pagos indebidos: Grupo Tizma SAS no ofrecerá ni recibirá compensaciones que puedan ser interpretadas como sobornos. Cualquier compensación dentro del plan de referidos será clara, modesta y no buscará influir en decisiones indebidas.

9. Prohibiciones

Está terminantemente prohibido:

  • Ofrecer, pagar, autorizar o recibir sobornos, comisiones, favores o cualquier tipo de beneficio indebido en nombre de la empresa.
  • Participar en cualquier forma de corrupción, ya sea en relaciones con funcionarios públicos o con entidades privadas.
  • Facilitar pagos o compensaciones a funcionarios públicos para asegurar la obtención de contratos o ventajas comerciales.

10. Mecanismos de Denuncia

Grupo Tizma SAS implementará un canal de denuncias seguro y confidencial, accesible a empleados, clientes, proveedores y terceros, para reportar cualquier sospecha de actos corruptos. Las denuncias podrán realizarse de manera anónima, y la empresa garantiza la protección frente a represalias a aquellos que denuncien de buena fe.

11. Consecuencias por el Incumplimiento

El incumplimiento de esta política y de las leyes colombianas de anticorrupción será considerado una falta grave y resultará en acciones disciplinarias que pueden incluir el despido, la terminación de contratos comerciales y la presentación de denuncias ante las autoridades competentes.

12. Supervisión y Actualización de la Política

Esta política será revisada y actualizada anualmente o cuando sea necesario, para asegurar su vigencia y cumplimiento con cualquier cambio en la legislación aplicable.


Aprobación y Vigencia

Esta política de anticorrupción entra en vigencia a partir de su aprobación por la junta directiva de Grupo Tizma SAS y deberá ser comunicada a todos los empleados y colaboradores de la empresa.